BASES LEGALES:
Registro digital vía App – febrero 2020

 

1.- OBJETO DE LA PROMOCIÓN.

 

EROSKI, S. COOP. (en adelante, también EROSKI) con domicilio social en Elorrio, Bizkaia, Barrio San Agustín, s/n y con CIF.- F20033361, sociedad cabecera del Grupo EROSKI de distribución, con establecimientos comerciales de gran implantación a nivel nacional, dedicada a la venta al por menor de bienes de consumo a través de Hipermercados y Supermercados, que operan bajo distintos formatos y enseñas, desea sortear entre los socios EROSKI CLUB y EROSKI CLUB ORO que cumplan con los requisitos de participación de la presente promoción el premio que se detalla en el apartado 5 siguiente.

 

El objeto de esta promoción es premiar a los/las usuarios/as que se registren como socios/as de EROSKI CLUB o EROSKI CLUB ORO con cuenta digital o vinculen su tarjeta EROSKI CLUB o EROSKI CLUB ORO a una cuenta digital, en los términos y condiciones previstos en estas Bases.

 

2.- AMBITO GEOGRÁFICO DE LA PROMOCIÓN.

 

El ámbito geográfico de esta promoción es toda España.

 

3.- DURACIÓN DE LA PROMOCIÓN.

 

La promoción comenzará el 05 de febrero del 2020 y finalizará el 29 de febrero del 2020, ambos inclusive.

 

4.- REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN.

 

Participarán en el sorteo objeto de la presente promoción los/las titulares de tarjeta EROSKI CLUB y EROSKI CLUB ORO que, en el transcurso de la misma, cumplan los siguientes requisitos:

 

En el periodo de la promoción que se especifica en el punto 3 de este documento, los usuarios que den de alta o vinculen su tarjeta EROSKI club de forma digital a través de la aplicación EROSKI club.

 

 

IMPORTANTE: Será requisito indispensable para entrar en el sorteo haber facilitado, al darse de alta en el Club, un número de teléfono de contacto válido y no haber prohibido las comunicaciones comerciales por esta vía. Compruébelo, y en caso contrario, póngase en contacto con EROSKI CLUB, 944 943 444, lo antes posible.

 

La participación en esta promoción es completamente gratuita.

 

Cada titular que cumpla los requisitos de participación de este sorteo obtendrá solamente una participación.

 

El premio de la presente promoción corresponderá a los/las titulares de la tarjeta EROSKI CLUB o EROSKI CLUB ORO a los/las que estén asociadas las participaciones premiadas.

 

5.- PREMIOS.

 

Entre todos/as los/las socios/as que hayan cumplido con lo dispuesto en el apartado anterior, EROSKI, S. COOP. sorteará el siguiente premio:

 

 

Diez premios que consistirán en el ingreso de 50€ en la Tarjeta EROSKI club o EROSKI club ORO de la que sea titular los/las ganadores/as y que se sorteará entre todos los participantes que cumplan los requisitos especificados en el punto número 4 de estas bases.

 

 

El premio, en ningún caso, podrá ser objeto de cambio, alteración, compensación o canje a petición de los/las ganadores/as.

 

 

6.- SORTEO.

 

Una vez terminada la promoción se procederá a realizar el sorteo del premio indicado en el apartado anterior.

 

El sorteo se realizará ante notario el 20 de marzo de 2020.

 

A tal efecto, EROSKI confeccionará un listado con todas las tarjetas EROSKI CLUB y EROSKI CLUB ORO que, durante la vigencia de la promoción cumplan los requisitos de participación en el sorteo.

 

Dicho listado se ordenará de menor a mayor según la numeración de la tarjeta, asignándole el 1 a la que tenga el número más bajo y “n” a la que tenga el número más alto.

 

El Notario elegirá del listado, al azar, 10 número que se corresponderán con los/las ganadores/as del premio referido en el apartado 5 anterior. Posteriormente procederá a extraer otros 15 números más que se corresponderán con los/las suplentes.

 

Una vez realizado el sorteo, EROSKI, S. COOP. contactará con los/las ganadores/as fin de informarle de su condición por teléfono.

 

Si no resultara posible contactar con los/las ganadores/as o, si habiendo contactado, alguno de los/las ganadores/as rechazara su premio, se procederá de igual forma con los suplentes en estricto orden de extracción hasta asignar todos los premios en los términos anteriormente establecidos.

 

En caso de que procediendo de la forma indicada no pudiera/n ser entregado/s alguno/s de los premios, el sorteo quedará desierto respecto del/de los mismos/s.

 

7.- CONDICIONES DE CARÁCTER GENERAL.

 

1.- Tal y como se ha indicado, la participación en esta promoción es gratuita.

 

El premio, en ningún caso, podrá ser objeto de cambio, alteración, compensación o canje a petición de los/las ganadores/as.

 

2.- EROSKI, S. COOP. se reserva el derecho a comunicar el nombre y dos apellidos de los/las ganadores/as y suplentes en la revista de socios EROSKI CLUB, en la página web www.eroski.es, cualesquiera otras webs del Grupo EROSKI y redes sociales (esencialmente, a efectos de que todos los participantes sean conocedores de la identidad de los/las ganadores/as y suplentes de la promoción), sin que por ello tengan derecho a recibir pago o contraprestación alguna. La aceptación del premio conllevará que autoriza expresamente lo indicado en el párrafo anterior.

 

Con la aceptación del premio los/las ganadores/as consienten, en su caso, a ser fotografiado/a y/o grabado/a en el transcurso de la entrega del premio y/o durante su disfrute y a que EROSKI, S. COOP. pueda divulgar gratuitamente dicha/s imagen/imágenes a través de los medios referidos en el párrafo primero de este punto, así como en cualquier soporte publicitario o promocional en el que se haga referencia a la presente promoción y/o a los programas de fidelización EROSKI CLUB, en el plazo de un año desde finalizada la misma.

 

3.- EROSKI, S. COOP. queda eximida de toda obligación o compensación para el caso de que por causa de fuerza mayor o imperativo legal hubiera de ser anulada o suspendida la presente promoción, situación que se pondría convenientemente en conocimiento público.

 

EROSKI, S. COOP. no se hace responsable de las incidencias y sucesos de todo orden (por ejemplo, imposibilidad de registrar los datos de algún participante, interrupción o pérdida de conexión…) que sean provocadas por una avería en el programa informático debido a un caso de fuerza mayor; ni tampoco de las incidencias que tengan su origen en supuestos de fuerza mayor derivados de causas tales como una avería en la red telefónica, informática, eléctrica, provocadas por agentes externos naturales (atmosféricos, climatológicos) o bien por una deficiente prestación del servicio por parte de las compañías suministradoras del mismo.

 

4.- En el caso de detectar irregularidades, la organización se reserva el derecho a eliminar de la promoción las Tarjeta EROSKI CLUB y/o EROSKI CLUB ORO afectadas.

 

EROSKI, S. COOP. se reserva el derecho a efectuar cambios en las Bases Legales que redunden en el buen fin de la presente, así como a prorrogarla, acortarla y cancelarla cuando concurra causa justa o motivos de fuerza mayor que impidan llevarla a término en la forma en que recogen las presentes Bases.

 

5.- En lo que respecta al premio objeto de esta promoción, le será de aplicación la normativa vigente en materia fiscal, procediendo esta Cooperativa, en caso de resultar obligada a ello de conformidad con lo establecido en la misma, a realizar el ingreso a cuenta correspondiente por tratarse de un premio en especie.

 

EROSKI expedirá y enviará al/a la titular de la tarjeta EROSKI CLUB o EROSKI CLUB ORO ganadora, en caso de proceder por exigencias legales, un certificado con los datos correspondientes al premio así como el ingreso a cuenta practicado a fin de que pueda realizar, llegado el momento, su correspondiente declaración de IRPF.

 

Cualesquiera otras repercusiones fiscales derivadas de los premios objeto de la presente promoción serán por cuenta de cada ganador o ganadora.

 

6.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARACTER PERSONAL.

 

Los datos personales de los/las ganadores/as serán tratados, en todo caso, confidencialmente y recopilados, en su caso, en un fichero automatizado de datos de carácter personal, siendo EROSKI, S. COOP. titular y responsable de dicho fichero, con domicilio en Elorrio, Bizkaia, Barrio San Agustín, s/n y con CIF.- F20033361.

 

EROSKI S. COOP. precisa de los datos identificativos de los/las ganadores/as con la finalidad exclusiva de gestionar la presente promoción y serán tratados únicamente a efectos de proceder a la entrega de los premios.

 

Los/las ganadores/as que estuvieran interesados/as podrán acceder, rectificar y cancelar sus datos dirigiéndose por escrito a EROSKI, S. COOP., Barrio San Agustín, s/n, 48230 Elorrio, Bizkaia, con asunto Ref.: “Registro Digital vía App febrero 2020”, adjuntando una copia de su DNI.

 

7.- El mero hecho de aceptar el premio objeto de la presente promoción conlleva la aceptación de las presentes bases sin reservas y el criterio de EROSKI, S. COOP. en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada de la presente promoción.

 

El periodo de reclamación de cualquier problema o eventualidad relacionado con la presente promoción finalizará transcurrido un mes desde su finalización.

 

8.- Estas Bases se interpretarán conforme a la Ley española. Para todo lo relativo a la interpretación, cumplimiento y ejecución de las mismas, EROSKI, S. COOP. y los participantes quedarán sometidos a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales que legalmente les correspondan.

 

9.- Bases depositadas ante Notario, Notaría “Manzano Urrutia”, sita en Rodríguez Arias, número 6 – 3º, dpto. 1, en Bilbao, Bizkaia así como accesibles a través de la web www.eroski.es/sorteo-app/

 

 

8.- INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS

Bases legales: Registro digital vía App (febrero 2020)